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Nacionalidad española

El final del camino para muchas familias. Es un expediente largo, muy formalista y donde un documento mal legalizado puede costar meses de espera.

Las vías principales

La nacionalidad por residencia exige haber residido legalmente en España durante el plazo que corresponda a tu caso: el general es de diez años, pero baja a cinco para refugiados, a dos para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y personas de origen sefardí, y a uno en supuestos como el matrimonio con español o el nacimiento en territorio español. La nacionalidad por opción corresponde sobre todo a hijos de españoles y a menores bajo patria potestad de un español, y es una vía mucho más rápida cuando encaja.

Los exámenes y la documentación

Salvo excepciones, hay que superar el examen CCSE de conocimientos constitucionales y socioculturales y, si tu país de origen no es hispanohablante, el DELE A2 de español. Aparte, el expediente exige certificados de nacimiento y de antecedentes del país de origen, debidamente legalizados o apostillados y traducidos por traductor jurado. Ahí es donde se atascan la mayoría de expedientes.

Qué incluye el servicio

  • Comprobación del plazo de residencia que te corresponde
  • Revisión de la legalización, apostilla y traducción de cada documento extranjero
  • Orientación sobre los exámenes CCSE y DELE y sobre las exenciones
  • Presentación telemática del expediente y pago de tasas
  • Seguimiento del expediente y respuesta a requerimientos
  • Acompañamiento hasta el acto de jura y la inscripción en el Registro Civil
  • Recurso si la resolución es denegatoria

Cómo se tramita

  1. Comprobación de requisitos

    Verificamos años de residencia legal continuada, situación documental y si concurre alguna vía abreviada.

    Primera consulta
  2. Documentación del país de origen

    Certificados de nacimiento y antecedentes, apostillados y traducidos por traductor jurado.

    Semanas o meses
  3. Exámenes CCSE y DELE

    Se preparan y se reservan con antelación: las convocatorias tienen fechas cerradas.

    Según convocatoria
  4. Presentación y resolución

    Expediente telemático. El plazo legal de resolución es de un año desde la solicitud, aunque en la práctica varía.

    1 año o más
  5. Jura e inscripción

    Juramento o promesa e inscripción en el Registro Civil. A partir de ahí, DNI y pasaporte español.

    Tras la concesión

Dudas frecuentes sobre este trámite

¿Cuánto se tarda en conseguir la nacionalidad española?

El plazo legal para resolver es de un año desde que el expediente se presenta completo, pero la realidad depende de la carga de trabajo. A eso hay que sumarle el tiempo previo de reunir la documentación del país de origen, que suele ser la parte más lenta.

¿Tengo que renunciar a mi nacionalidad actual?

En el acto de jura se declara la renuncia a la nacionalidad anterior, salvo en el caso de países iberoamericanos y otros con los que España tiene acuerdo. Cuestión distinta es qué considere tu país de origen sobre esa renuncia, que se rige por su propia legislación.

¿Los años con tarjeta de estudiante cuentan?

La residencia por estudios ha tenido un tratamiento distinto al de la residencia ordinaria a estos efectos, y es una de las cuestiones donde conviene revisar el caso concreto antes de presentar.

Me han denegado la nacionalidad, ¿puedo hacer algo?

Sí. Las denegaciones se recurren, primero en vía administrativa y después ante la Audiencia Nacional. Hay plazos cortos y perentorios, así que lo primero es traer la resolución cuanto antes.

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Primera consulta 40 €, descontables de cualquier trámite. Presencial en Torrevieja o por videollamada, en español, ruso, ucraniano o inglés.