Saltar al contenido
Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

Las dudas que más se repiten, agrupadas por materia. Si la tuya no está aquí, escríbeme y te respondo personalmente en tu idioma.

Antes de la primera consulta

¿Cuánto cuesta la primera consulta?

La primera consulta cuesta 40 € y tiene una duración aproximada de 30 a 45 minutos. Si después me encargas el procedimiento, los 40 € se descuentan de los honorarios. Durante la consulta revisamos tu situación y la documentación disponible para determinar qué opciones tienes.

¿Qué me llevo de esa primera consulta?

El objetivo es que salgas de la consulta entendiendo qué opciones tienes, qué requisitos debes cumplir, qué documentación necesitas y qué puedes esperar del procedimiento. Si en ese momento no existe una vía adecuada para tu caso, también te lo explicaré con claridad y te indicaré qué tendría que cambiar para poder plantearla en el futuro.

¿Qué documentos llevo?

Trae toda la documentación que pueda estar relacionada con tu situación: pasaporte, TIE, resoluciones, pruebas de permanencia, etc. No te preocupes si no tienes todo preparado: en la primera consulta también podremos determinar qué documentación falta.

¿Puedo hacer la consulta por videollamada?

Sí. La primera consulta puede realizarse presencialmente en Torrevieja o por videollamada. Además, gran parte de los procedimientos de extranjería pueden gestionarse telemáticamente, por lo que puedo atender a clientes de otras localidades sin necesidad de desplazamientos frecuentes.

¿En qué idiomas puedes atenderme?

Español, ruso, ucraniano e inglés, siempre directamente conmigo y sin intérprete de por medio.

Arraigo y residencias

Llevo años en España sin papeles, ¿por dónde empiezo?

Lo primero es estudiar qué vía de regularización puede encajar con tu situación y comprobar si cumples sus requisitos. En las modalidades de arraigo que exigen permanencia en España, será importante acreditar el tiempo mediante documentos como el padrón histórico, informes médicos, matrículas u otros documentos fechados. No existe una única prueba válida: se valora el conjunto de la documentación. La normativa actual exige, con carácter general, dos años de permanencia continuada para el arraigo social, sociolaboral, socioformativo y de segunda oportunidad. El arraigo familiar tiene requisitos diferentes y no exige ese periodo mínimo.

¿Qué diferencias hay entre los distintos tipos de arraigo?

Actualmente existen cinco modalidades de arraigo, y cada una responde a una situación diferente. El arraigo social se basa en determinados vínculos familiares o, cuando no existen, en la acreditación de la integración social, junto con los medios económicos exigidos. El arraigo sociolaboral exige uno o varios contratos de trabajo que cumplan los requisitos establecidos legalmente. El arraigo socioformativo está vinculado a determinadas formaciones previstas por la normativa. El arraigo de segunda oportunidad está dirigido a determinadas personas que fueron titulares de una autorización de residencia que no pudieron renovar. Y el arraigo familiar se reserva a determinados vínculos familiares previstos expresamente por la normativa. La elección de la modalidad depende de tu situación personal, familiar, laboral y económica.

Se me ha caducado la autorización de residencia, ¿la he perdido?

No necesariamente, pero conviene actuar cuanto antes. En muchas renovaciones, la solicitud puede presentarse durante los dos meses anteriores al vencimiento y también dentro de los tres meses posteriores, aunque una presentación tardía puede tener consecuencias. Cuando la renovación se presenta dentro del plazo previsto, la validez de la autorización anterior se prorroga hasta que se resuelva el procedimiento.

Más detalle: Arraigo · Residencias y renovaciones

Nacionalidad española

¿Cuántos años de residencia necesito para pedir la nacionalidad?

El plazo general es de diez años, pero baja a cinco para refugiados, a dos para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y personas de origen sefardí, y a uno en supuestos como el matrimonio con español o el nacimiento en España.

¿Tengo que hacer los exámenes CCSE y DELE?

El CCSE de conocimientos constitucionales y socioculturales sí, salvo excepciones. El DELE A2 de español solo si tu país de origen no es hispanohablante. Las convocatorias tienen fechas cerradas, así que conviene reservarlas con antelación.

¿Qué errores pueden retrasar mi nacionalidad?

Los errores u omisiones en la documentación pueden provocar requerimientos y retrasar la tramitación. Por eso es importante revisar antes de presentar el expediente que los certificados exigidos estén vigentes y, cuando corresponda, correctamente legalizados, apostillados y traducidos.

Más detalle: Nacionalidad española

Familia y reagrupación

Soy español, ¿mi cónyuge extranjero necesita reagrupación familiar?

No por la vía ordinaria de reagrupación familiar. Los familiares extranjeros de personas españolas cuentan con una autorización de residencia específica, con requisitos y procedimiento propios. La vía concreta dependerá de la situación del familiar y de si se encuentra dentro o fuera de España.

¿Cuánto dinero hay que ganar para reagrupar a la familia?

La cuantía se calcula sobre el IPREM y sube según el número de miembros de la unidad familiar. No basta con alcanzar el importe: los ingresos tienen que ser estables y con perspectiva de continuidad, y eso se valora caso por caso.

Mi residencia depende de mi cónyuge y nos vamos a divorciar, ¿la pierdo?

No necesariamente. Dependiendo del tipo de autorización y de las circunstancias personales y familiares, puede ser posible conservar la residencia u obtener una autorización independiente tras la ruptura. Los requisitos y plazos cambian según el régimen aplicable, por lo que conviene revisar la situación antes de iniciar o formalizar el divorcio.

Más detalle: Reagrupación familiar

Denegaciones y recursos

Me han denegado el expediente, ¿cuánto plazo tengo?

Depende del tipo de resolución y de la vía de recurso. El plazo empieza a contar a partir de la notificación y puede ser breve, por lo que conviene revisar la resolución cuanto antes. Lo primero es comprobar la fecha de notificación, el motivo de la denegación y qué recurso procede en tu caso.

¿Recurro o vuelvo a presentar una nueva solicitud?

Depende del motivo de la denegación. En algunos casos puede ser más conveniente preparar una nueva solicitud y, en otros, recurrir porque existen argumentos para cuestionar la decisión de la Administración. Antes de decidir, es importante estudiar la resolución y revisar el expediente completo.

Tengo una orden de expulsión, ¿se puede hacer algo?

Sí, pero es importante actuar con rapidez. Los procedimientos de expulsión pueden tener plazos especialmente breves y existen distintas posibilidades de defensa según la fase en la que se encuentre el expediente. Si ya existe una resolución de expulsión, habrá que estudiar los recursos disponibles y, cuando proceda, la posibilidad de solicitar medidas cautelares.

Más detalle: Recursos y denegaciones

Derecho penal y extranjería

Me han citado a declarar como investigado, ¿necesito abogada?

Sí. Si te han citado como investigado, tienes derecho a estar asistido por un abogado y a preparar previamente tu declaración. Antes de declarar conviene conocer qué hechos se te atribuyen y valorar la estrategia de defensa.

¿Una condena penal puede afectar a mi residencia?

Sí. Una condena o la existencia de antecedentes penales puede tener consecuencias en determinados procedimientos de extranjería, como renovaciones, nacionalidad o, en algunos casos, expulsión. No todas las condenas producen los mismos efectos, por lo que conviene analizar desde el inicio tanto la vertiente penal como sus posibles consecuencias administrativas.

Tengo antecedentes antiguos, ¿puedo cancelarlos?

Sí, siempre que se haya extinguido la responsabilidad penal y hayan transcurrido los plazos legalmente establecidos sin volver a delinquir.

Más detalle: Derecho penal

Cómo trabajo

¿Garantizas que me lo concedan?

No. Ningún profesional puede garantizar el resultado de un procedimiento administrativo. Lo que sí te garantizo es un estudio previo y honesto de tu caso, una preparación rigurosa del expediente y una explicación clara de los riesgos y posibilidades antes de iniciar el procedimiento.

¿Las tasas están incluidas?

No. Las tasas oficiales se indican por separado. Según el procedimiento, pueden existir tasas administrativas, traducciones, legalizaciones u otros gastos externos, que siempre van aparte de los honorarios profesionales.

Ya tengo el expediente presentado por otra persona, ¿puedes seguirlo tú?

Primero revisamos qué se presentó, en qué estado se encuentra el expediente y si existe algún requerimiento o cuestión pendiente. A partir de ahí valoramos si puedo asumir el seguimiento y qué actuaciones pueden realizarse en ese momento.

¿Trabajas fuera de Torrevieja?

Sí. Atiendo presencialmente en Torrevieja y la Vega Baja, y también realizo consultas por videollamada. Muchos procedimientos de extranjería pueden gestionarse telemáticamente, por lo que puedo trabajar con clientes de otras localidades de Alicante y del resto de España.

Cuéntame tu caso y sabrás por dónde empezar

Primera consulta 40 €, descontables de cualquier trámite. Presencial en Torrevieja o por videollamada, en español, ruso, ucraniano o inglés.